Dictamen del TSJ
Admitido recurso de interpretación del artículo 62 de la Ley de la Actividad Aseguradora
El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa, admitió el recurso de interpretación interpuesto por la sociedad mercantil Seguros Corporativos, C.A., del artículo 62 de la Ley de la Actividad Aseguradora, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.990 Extraordinario, de fecha 29 de julio de 2010.
Luego de constatar que la acción judicial no incurre en las causales de inadmisibilidad contenidas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, fue admitido el recurso de interpretación, por lo que se ordenó notificar a la Procuradora General de la República, la Fiscal General de la República y el Presidente de la Asamblea Nacional.
Indica el Juzgado de Sustanciación que debido a que la presente causa se refiere a la interpretación del artículo señalado y que la decisión que recaiga en ella podría afectar la esfera jurídica de un grupo de personas indeterminado, ordenó librar el cartel señalado en el artículo 80 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, al día de despacho siguiente a aquél en que conste en autos las notificaciones ordenadas, el cual deberá ser publicado en el “Diario Últimas Noticias”.
Una vez que consten en autos las notificaciones ordenadas, se remitirá a la Sala Político Administrativa el expediente para que se fije la oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Autor:
Prensa TSJ
Fecha de Publicación:
16/03/2011
He creado este espacio para compartir temas de interés jurídico de nuestro país, sin dejar atrás el acontecer mundial...Un blog que tiene la mejor intención de despertar el interés por diferentes temas de Derecho, así como poner a la orden los servicios de asistencia jurídica en general, con atención especializada en materia laboral...
miércoles, 16 de marzo de 2011
jueves, 10 de marzo de 2011
ADMITIDO RECURSO DE INTERPRETACIÓN DE 3 ARTÍCULOS DE LA LEY ORGÁNICA DE REGISTRO CIVIL
Jueves, 10 de Marzo de 2011
Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa
Máximo Tribunal admite recurso de interpretación de 3 artículos de la Ley Orgánica de Registro Civil
El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa admitió el recurso de interpretación de los artículos 5, 17 y 18 de la Ley Orgánica de Registro Civil, que fue interpuesto ante el Tribunal Supremo de Justicia por los ciudadanos Enrico Pavone Gamargo, María Pavone de Escobar y Leocaldo Pavone Gamargo.
El recurso fue admitido luego que el Juzgado de Sustanciación constató que no se encuentran presentes en este recurso las causales de inadmisibilidad contenidas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
En vista de la admisión se ordenó notificar al Presidente de la Asamblea Nacional, la Procuradora General de la República y la Fiscal General de la República, remitiéndoles copias certificadas de la solicitud, de la documentación acompañada a ésta y de la presente decisión.
Indicó el Juzgado de Sustanciación que al referirse el presente caso a la interpretación de los artículos citados, y que la decisión podría afectar la esfera jurídica de un grupo de personas indeterminado, se ordenó librar el cartel señalado en el artículo 80 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, al día de despacho siguiente a aquél en que conste en autos las notificaciones ordenadas.
Una vez que consten en autos las notificaciones, se ordenó remitir a la Sala Político Administrativa el expediente del caso para que se fije la oportunidad y se celebre la audiencia de juicio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la señalada Ley Orgánica.
Autor:
Prensa TSJ
Fecha de Publicación:
10/03/2011
Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa
Máximo Tribunal admite recurso de interpretación de 3 artículos de la Ley Orgánica de Registro Civil
El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa admitió el recurso de interpretación de los artículos 5, 17 y 18 de la Ley Orgánica de Registro Civil, que fue interpuesto ante el Tribunal Supremo de Justicia por los ciudadanos Enrico Pavone Gamargo, María Pavone de Escobar y Leocaldo Pavone Gamargo.
El recurso fue admitido luego que el Juzgado de Sustanciación constató que no se encuentran presentes en este recurso las causales de inadmisibilidad contenidas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
En vista de la admisión se ordenó notificar al Presidente de la Asamblea Nacional, la Procuradora General de la República y la Fiscal General de la República, remitiéndoles copias certificadas de la solicitud, de la documentación acompañada a ésta y de la presente decisión.
Indicó el Juzgado de Sustanciación que al referirse el presente caso a la interpretación de los artículos citados, y que la decisión podría afectar la esfera jurídica de un grupo de personas indeterminado, se ordenó librar el cartel señalado en el artículo 80 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, al día de despacho siguiente a aquél en que conste en autos las notificaciones ordenadas.
Una vez que consten en autos las notificaciones, se ordenó remitir a la Sala Político Administrativa el expediente del caso para que se fije la oportunidad y se celebre la audiencia de juicio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la señalada Ley Orgánica.
Autor:
Prensa TSJ
Fecha de Publicación:
10/03/2011
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